Por favor, use este identificador para citar o enlazar este ítem: http://repositorio.ugto.mx/handle/20.500.12059/6894
Título: Sustantividad jurídica de la pretensión en el código de procedimiento y justicia administrativa para el estado y los municipios de Guanajuato
Autor: TERESITA DE JESUS RENDON HUERTA BARRERA
ID del Autor: info:eu-repo/dai/mx/cvu/354341
Resumen: Esta investigación tiene por objeto establecer la sustantividad jurídica de la pretensión en el proceso contencioso administrativo conforme al Código de Procedimiento y Justicia Administrativa para el Estado y los Municipios de Guanajuato, porque de tal determinación se derivan consecuencias fundamentales, por cuanto delimita subjetiva, objetiva y causalmente el proceso. La acción administrativa, como toda acción procesal, es un derecho subjetivo público, que se ejerce por los gobernados como regla general, y por excepción por las autoridades, tratándose del juicio de lesividad. Para el ejercicio de este derecho, deben concurrir los elementos que el Código de Procedimiento y Justicia Administrativa para el Estado y los Municipios de Guanajuato establece. La acción procesal administrativa va dirigida al juzgador y tiene como contenido una pretensión. La pretensión procesal, afirma la existencia de un derecho público subjetivo de naturaleza administrativa. Tal derecho público subjetivo, entraña siempre una solicitud de pronunciamiento sobre un acto de autoridad que se reputa ilegal. Aparece como un contenido posible de la acción, procesalmente concretado en la demanda, que busca la realización de la pretensión. / Teresita de Jesús Rendón Huerta Barrera
Fecha de publicación: 1-feb-2013
Editorial: Universidad de Guanajuato. División de Derecho, Política y Gobierno, Departamento de Derecho
Licencia: http://creativecommons.org/licenses/by-nc-nd/4.0
URI: http://repositorio.ugto.mx/handle/20.500.12059/6894
Idioma: spa
Aparece en las colecciones:Ciencia Jurídica - Artículos



Los ítems de DSpace están protegidos por copyright, con todos los derechos reservados, a menos que se indique lo contrario.